1. Introducción
Fundación Mutua Madrileña convoca la XXIII edición de Ayudas a la Investigación Médica, con una dotación total de dos millones trescientos mil euros, con el fin de seguir apoyando proyectos de investigación clínica que se desarrollen en las siguientes cinco áreas: “Oncología”, centrada en cáncer de mama; “Trasplantes”, centrada en donación y preservación de órganos, inmunotolerancia del injerto y órganos bioartificiales; “Traumatología y sus secuelas”, tanto traumatológicas como neurológicas; “Enfermedades raras”, limitadas a las que se manifiestan clínicamente durante la infancia y “Salud mental”, centrada en la prevención y abordaje del suicidio y otros trastornos conductuales relacionados en la población infanto-juvenil.
En la línea de las anteriores convocatorias, la Fundación Mutua Madrileña quiere continuar dando relevancia a la investigación clínica de excelencia y por ello mantiene su apoyo a proyectos que se desarrollen en los Institutos de Investigación Sanitaria acreditados (IIS). Cada Instituto de Investigación Sanitaria acreditado (IIS) podrá presentar un único proyecto en cada una de las áreas de investigación objeto de esta convocatoria, excluyéndose de este cómputo los estudios en red entre hospitales de varias comunidades autónomas.
De igual forma, mantenemos la convocatoria de ayudas específica para los/las médicos del cuadro de profesionales de Adeslas.
2. Áreas de investigación
Mediante esta XXIII Convocatoria se concederán ayudas a equipos de investigadores/as con reconocida experiencia, que trabajen en las siguientes áreas de investigación:
Los proyectos que se presenten a esta convocatoria deberán ser exclusivamente trabajos de investigación clínica, que se desarrollen en Institutos de Investigación Sanitaria acreditados (IIS).
3. Tipos de proyectos y entidades solicitantes
Los proyectos deberán ser presentados por Institutos de Investigación Sanitaria acreditados (IIS).
Fundación Mutua Madrileña quiere continuar fomentando la investigación en red y por ello mantenemos la categoría especial de ayudas para incentivar la colaboración en investigación médica entre comunidades autónomas. Podrán participar Institutos de Investigación Sanitaria acreditados (IIS) pertenecientes a un mínimo de cuatro comunidades autónomas diferentes, en cualquiera de los cinco ámbitos de investigación de la convocatoria general.
Asimismo, dentro de esta convocatoria Fundación Mutua Madrileña destinará hasta un total de doscientos mil euros a la financiación de proyectos de investigación clínica de temática libre realizados por médicos pertenecientes al cuadro de profesionales de Adeslas, que trabajen en cualquier institución médica privada, no siendo admitidos proyectos presentados y dirigidos por médicos del cuadro de Adeslas que se vayan a desarrollar en centros públicos adscritos a un Instituto de Investigación Sanitaria (IIS) acreditado. En el caso de grupos hospitalarios privados con varios centros, solo de financiará un único proyecto de investigación por grupo hospitalario.
4. Dotación económica
5. Documentación para la presentación de solicitudes
La solicitud para participar en la presente convocatoria se realizará exclusivamente online a través de la página web de Fundación Mutua Madrileña (www.fundacionmutua.es, sección “Ayudas a la Investigación”), donde encontrarán las instrucciones pormenorizadas para llevarla a cabo y los modelos de solicitud que obligatoriamente se deben utilizar.
Los/las investigadores/as presentarán el proyecto redactado en castellano.
Todas las solicitudes deberán acompañarse de los siguientes documentos:
Toda la documentación se deberá presentar en formato electrónico mediante archivo adjunto.
En la memoria del proyecto se incluirá la dotación estimada pormenorizada de la ayuda que se solicita, especificando las ayudas del material inventariable y fungible que ha de utilizarse, indicando si el proyecto constituye una nueva investigación o se trata de la continuación de otro proyecto iniciado anteriormente.
En este último caso, deberán constar las ayudas recibidas para el proyecto y la entidad de quien recibió la ayuda económica.
En el caso de que en el proyecto esté previsto incorporar becarios/as, aunque ese puesto no esté asignado en el momento de realizar la solicitud, deberá incluirse en el apartado correspondiente en la solicitud online sin necesidad de especificar el nombre. Ejemplo: “becario/a predoctoral” o “becario/a posdoctoral”.
6. Plazos
Las ayudas están destinadas a proyectos de investigación con una duración mínima de un año y máxima de tres años.
El plazo de presentación de solicitudes será desde las 9:00h (horario peninsular) del lunes 2 de febrero de 2026, hasta las 13:00h (horario peninsular) del miércoles 4 de marzo de 2026.
Solo serán aceptadas las solicitudes realizadas online y en los modelos que figuran actualmente en la web de Fundación Mutua Madrileña.
Todos los proyectos seleccionados deberán presentar toda la documentación, tanto necesaria como requerida por la Fundación Mutua Madrileña, en el plazo anteriormente señalado, así como deberán iniciarse antes del 1 de diciembre de 2026. Los proyectos que no se hayan iniciado antes de esta fecha quedarán automáticamente desestimados y eliminados de la convocatoria.
7. Limitaciones y factores excluyentes
El/la investigador/a principal que tenga un proyecto en activo financiado por Fundación Mutua Madrileña no podrá obtener financiación para un nuevo proyecto. No se tendrán en cuenta para este cómputo los proyectos que finalicen en el presente ejercicio.
No podrá coincidir un/a mismo/a investigador/a, ya sea investigador/a principal o asociado/a, en más de un proyecto presentado a la convocatoria actual.
Cada Instituto de Investigación Sanitaria acreditado (IIS) podrá presentar un único proyecto en cada una de las cinco áreas de investigación objeto de esta convocatoria. Por lo que el máximo de proyectos a presentar por cada centro será de cinco.
El incumplimiento de esta norma por parte de un Instituto de Investigación de Sanitaria será motivo de exclusión de la convocatoria de todos los proyectos presentados por dicho centro.
En los proyectos colaborativos no podrán participar centros extranjeros, dado que se trata de una convocatoria limitada a centros españoles.
De acuerdo con las normas reguladoras del conflicto de interés, en los proyectos de investigación en cuyo grupo investigador participe alguna de las personas que se enumeran a continuación, deberá identificarse específicamente tal circunstancia, lo cual se reflejará en la correspondiente acta de la reunión, y en la evaluación, deliberación y votación de la propuesta o acuerdo de otorgamiento, deberá abstenerse de participar la persona afectada:
1. Los miembros del Patronato y del Comité Científico de Fundación Mutua Madrileña.
2. El cónyuge o las personas con análoga relación de afectividad debidamente acreditada de miembros del Patronato y del Comité Científico de Fundación Mutua Madrileña.
3. Los/las ascendientes, descendientes y hermanos/as de los miembros del Patronato y del Comité Científico de Fundación Mutua Madrileña o del cónyuge de los miembros del Patronato y del Comité Científico de Fundación Mutua Madrileña.
4. Los cónyuges de los/las ascendientes, de los/las descendientes y de los/las hermanos/as de los miembros del Patronato y del Comité Científico de Fundación Mutua Madrileña.
Lo establecido en el presente apartado también resultará de aplicación a proyectos de investigación realizados, en cualquier área de investigación clínica, por médicos pertenecientes al cuadro de profesionales de Adeslas.
8. Criterios de evaluación
Todas las solicitudes presentadas en el plazo indicado y en los modelos facilitados serán examinadas por el Comité Científico de la Fundación Mutua Madrileña, que podrá recabar, si lo considera necesario, la opinión de expertos/as en el tema correspondiente al proyecto de investigación para una mejor evaluación.
Para la selección de los proyectos por parte del Comité Científico se tendrá en consideración los siguientes criterios de evaluación, siguiendo asimismo el principio de no concentración geográfica de las propuestas financiadas y de distribución entre los distintos campos de investigación:
9. Procedimiento de concesión y resolución
Las solicitudes seleccionadas por el Comité Científico serán elevadas al Patronato de Fundación Mutua Madrileña para su aprobación o desestimación. La decisión final del Patronato será inapelable y pondrá fin al proceso de selección.
Fundación Mutua Madrileña comunicará directamente a los/las interesados/as la decisión del Patronato. Los derechos y obligaciones que se deriven del desarrollo del proyecto que resulte adjudicatario de las subvenciones se regularán conforme a las presentes bases.
Si el importe de la financiación finalmente otorgado para el desarrollo del proyecto fuese menor que el importe solicitado, el/la investigador/a principal estará obligado/a a reajustar la memoria económica a dicho importe.
Las cantidades asignadas en cada anualidad se ingresarán en la entidad bancaria que designe el Instituto de Investigación Sanitaria acreditado (IIS). Debiendo presentar para tal fin el certificado de titularidad de la cuenta bancaria.
Las ayudas a la investigación otorgadas por Fundación Mutua Madrileña mediante la presente convocatoria no están sujetas al Impuesto del Valor Añadido, al no concurrir para ellas la totalidad de los requisitos a los que se refiere el artículo 4. Uno de la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido.
El plazo para la realización del proyecto se iniciará a partir de la fecha del ingreso de la primera anualidad, comprometiéndose el/la investigador/a principal a proseguirlo ininterrumpidamente hasta su finalización, sin que ningún compromiso anterior o futuro pueda impedir el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las presentes bases.
El/la investigador/a principal se compromete a ejecutar los trabajos de investigación conforme a la memoria científica y económica de su proyecto y en las condiciones estipuladas en las presentes bases, sin cambio en los presupuestos, líneas de estudio o miembros del equipo investigador, así como a realizar la devolución voluntaria del remanente no aplicado.
Las comunicaciones de todas las actuaciones que se realicen en el procedimiento de concesión de las ayudas reguladas en esta convocatoria, en su justificación y seguimiento se realizarán a través de medio electrónico.
10. Procedimiento de pago
Fundación Mutua Madrileña financiará, respecto de los proyectos aprobados, la ayuda fijada en la memoria económica para la ejecución del proyecto de la siguiente forma:
- Proyectos de investigación con duración de 1 año: el 100% de la cuantía económica se liberará al inicio del proyecto.
- Proyectos de investigación con duración de 2 años: la cuantía económica se liberará un 50% al inicio del proyecto y un 50% al inicio del segundo año.
- Proyectos de investigación con duración de 3 años: la cuantía económica se liberará un 50% al inicio del proyecto, el 25% al inicio del segundo año y el 25% restante al inicio del último año.
Los pagos de los importes correspondientes a la segunda y tercera anualidad se harán efectivos una vez recibida la memoria anual a la que se refiere el apartado siguiente.
En el caso de que exista personal becario en el proyecto de investigación, éstos recibirán la cantidad aprobada en el apartado correspondiente (dividida en mensualidades) al final de cada mes, después de su inicio y durante el tiempo establecido en la memoria económica del proyecto. Podrá imputarse el cien por cien del coste de los becarios/as o un porcentaje de este, no excediendo el importe máximo establecido (1.700 euros mensuales para un becario/a predoctoral y 2.700 euros para un becario/a posdoctoral) por cada becario/a incluido en la investigación.
En el caso de que el Instituto de Investigación Sanitaria acreditado (IIS) detraiga alguna cantidad en concepto de costes indirectos, ésta no podrá ser superior al 5% del importe total de la ayuda concedida.
Los aparatos e instrumental adquiridos con la financiación de la Fundación Mutua Madrileña, una vez concluido el trabajo de investigación, deberán ser destinados por el centro en que se encuentren a otros trabajos de investigación.
El/la investigador/a principal deberá comunicar, si fuera el caso, la obtención de cualquier otra ayuda para financiar el proyecto beneficiario de esta convocatoria. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación anual de la aplicación dada a los fondos percibidos de la Fundación Mutua Madrileña.
11. Seguimiento científico-técnico y económico
El equipo investigador deberá enviar anualmente una memoria en la que conste la situación de los trabajos de la investigación aprobada, así como la justificación de los gastos realizados sobre las cantidades presupuestadas. De manera adicional, se presentará en formato Excel la relación de los gastos imputados a la ayuda, que será soportada por los justificantes de gasto y pago relacionados en el listado.
El/la investigador/a principal recibirá el formulario que deberá cumplimentar para realizar la memoria científica y económica anual.
Al terminar el proyecto se emitirá una memoria final en el plazo de 30 días. Dicha memoria deberá ir precedida de un resumen ejecutivo, redactado de forma didáctica y divulgativa, en la que se destaquen fundamentalmente los logros de la investigación y sus implicaciones en la mejora del conocimiento de la enfermedad y su posible tratamiento.
En la memoria en sí, además de hacerse constar los resultados obtenidos, se señalarán las modificaciones de los objetivos de la investigación enumerados en la solicitud, conclusiones, publicaciones realizadas o trabajos en vías de publicación, así como una memoria económica final explicativa de la distribución de las cantidades aportadas por la Fundación Mutua Madrileña.
El/la investigador/a principal enviará una copia (separata) de cada una de las publicaciones realizadas hasta la elaboración de esta memoria sobre el proyecto financiado por Fundación Mutua Madrileña, y se compromete a seguir haciéndolo en el futuro con siguientes publicaciones al respecto.
En todas las comunicaciones/publicaciones que se realicen durante la financiación del proyecto de investigación y posteriores se deberá hacer constar el patrocinio por parte de Fundación Mutua Madrileña en la financiación y desarrollo del proyecto.
El/la investigador/ principal acepta que la Fundación Mutua Madrileña comunique a los medios de comunicación que estime oportuno el proyecto y los investigadores participantes que estén siendo objeto de la ayuda de esta convocatoria.
El/la investigador/a principal queda obligado/a a participar en los actos relacionados con este programa de ayudas que organice la Fundación Mutua Madrileña.
La Fundación Mutua Madrileña realizará el seguimiento del desarrollo del proyecto. El Comité Científico asumirá las responsabilidades relacionadas con el control del desarrollo del proyecto de investigación y la aplicación adecuada de los fondos recibidos de la fundación para su ejecución.
Las ayudas a la investigación que sean concedidas por la Fundación Mutua Madrileña se realizan en cumplimiento de sus fines estatutarios y no están condicionadas al resultado técnico o económico del proyecto.
No obstante, para reforzar el cumplimiento del objeto y fines de la Fundación Mutua Madrileña, ésta podrá reproducir, distribuir, comunicar y utilizar públicamente el trabajo de investigación realizado a través de los medios de difusión existentes a la firma del presente convenio, para el ámbito mundial y con la duración máxima prevista en los artículos 26 y siguientes del Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, para la protección de los derechos de autor, a lo que se autoriza expresamente con la firma en señal de aceptación de las presentes Bases.
Igualmente, en caso de éxito de la investigación y en el supuesto de que el resultado pueda ser de interés para los fines de la Fundación Mutua Madrileña, las invenciones y derechos de propiedad industrial que pudieran derivarse estrictamente del trabajo de investigación desarrollado durante el periodo de financiación del proyecto corresponderán a Fundación Mutua Madrileña, al/ a la investigador/a principal y/o al centro de investigación en proporción a su participación en el proyecto.
Con este fin, Fundación Mutua Madrileña, el/la investigador/a principal y/o el centro de investigación se comprometen con carácter previo a informar de la solicitud del título legal que correspondiese y a suscribir, en su caso de mutuo acuerdo, un documento en el que quede regulado un marco de explotación de los citados resultados donde se tendrá en cuenta en todo momento el interés común y el beneficio general de la sociedad.
12. Protección de datos
RESPONSABLE: Fundación Mutua Madrileña Con domicilio en Paseo de la Castellana, 36-38, 28046 de Madrid.
DELEGADO DE PROTECCION DE DATOS (DPO): Podrá contactar en la siguiente dirección: Paseo de la Castellana, 33, Madrid 28046 o enviando un correo electrónico a [email protected].
FINALIDADES PARA LAS QUE TRATAREMOS SUS DATOS:
1. Atender su solicitud de participación en la convocatoria de ayudas a proyectos de investigación y gestionar la misma en el supuesto en que resultase concedida cuando se cumplan los requisitos previstos en las bases de participación correspondientes.
Todos los datos que facilite en la solicitud de ayuda a proyectos de investigación, y a lo largo de su relación con nosotros, son necesarios para la formalización y gestión de la ayuda solicitada.
Le pedimos que todos los datos que nos facilite estén actualizados para garantizar su veracidad en todo momento, por ello, cualquier modificación de estos deberá comunicárnoslo y así responderán en todo momento a su situación real.
En caso de facilitar datos de carácter personal de terceros (currículo vitae, datos del equipo de investigación, etc.) después de haber informado a dichas personas del contenido íntegro de esta cláusula a dichas personas, en los mismos términos en qué ha sido informado el/la solicitante, se compromete a obtener el consentimiento expreso de dichas personas con el fin de su uso por parte de Fundación Mutua madrileña, para la realización de los tratamientos previstos en la presente cláusula.
Para garantizar la calidad, seguridad y transparencia en la gestión de su solicitud de ayuda a proyectos de investigación, Fundación Mutua Madrileña podrá grabar y archivar las llamadas que se realicen.
La base legal que habilita a Fundación Mutua Madrileña para llevar a cabo este tratamiento es:
Atender su solicitud de participación en la convocatoria de ayudas a proyectos de investigación y la gestión de la ayuda en el supuesto en que resultase concedida cuando se cumplan los requisitos previstos en las bases de participación correspondientes.
2. Ofrecerle información de ulteriores convocatorias de ayudas que pudieran resultar de su interés.
Nos gustaría informarle de nuevas convocatorias de ayudas a la investigación, similares al que ha solicitado, que sean más ajustadas a su perfil, informándole de aquellas que puedan resultarte más interesantes, incluso por medios electrónicos.
Para ello, trataremos los datos que nos facilite y los que obtengamos y resulten del desarrollo y ejecución de la solicitud de ayuda o en su caso de la/las que se le hubiesen concedido, para personalizar y ajustar la información a sus necesidades y preferencias.
La base legal que habilita a Fundación Mutua Madrileña para llevar a cabo este tratamiento es:
En todo momento podrá oponerse al tratamiento de sus datos para esta finalidad, de forma gratuita a través del sistema indicado para el ejercicio de DERECHOS DE PROTECCIÓN DE DATOS referido a continuación. Dicha oposición no conllevará ningún perjuicio para usted.
3. Realizar estudios estadísticos sobre convocatorias anteriores.
Se llevarán a cabo estudios estadísticos con la información facilitada y la que se genere de esta actividad, con el fin de analizar en detalle la actividad de la Fundación respecto de solicitudes y ayudas concedidas y rechazadas.
Para ello, trataremos los datos que nos facilite y los que obtengamos y resulten del desarrollo y ejecución de la solicitud de ayuda o en su caso de la/las que se le hubiesen concedido, para personalizar y ajustar la información a sus necesidades y preferencias.
La base legal que habilita a Fundación Mutua Madrileña para llevar a cabo este tratamiento es:
En todo momento podrá oponerse al tratamiento de sus datos para esta finalidad, de forma gratuita a través del sistema indicado para el ejercicio de DERECHOS DE PROTECCIÓN DE DATOS referido a continuación. Dicha oposición no conllevará ningún perjuicio para usted.
DESTINATARIOS: No se cederán los datos a terceras entidades, salvo obligación legal.
PLAZO DE CONSERVACIÓN DE LOS DATOS: Fundación Mutua Madrileña conservará los datos sin un plazo específico, en aplicación al artículo 5.1 e del RGPD, dado que los datos se recogen con fines de Investigación científica.
Cuando las finalidades sean ofrecer información de otras convocatorias o fines estadísticos, los datos se conservarán hasta que el interesado se oponga a dichos tratamientos.
CUÁLES SON SUS DERECHOS DE PROTECCIÓN DE DATOS:
Usted podrá obtener la información necesaria para ejercer sus derechos de protección de datos. Por ello, usted podrá:
Puede ejercitar estos derechos en cualquier momento, de forma gratuita, acreditando su identidad, dirigiéndose por escrito (asunto LOPD, Derechos) a la Unidad de Protección de Datos, Paseo de la Castellana, 33, 28046 Madrid, llamando al teléfono gratuito 900102711 o enviando un correo electrónico a [email protected].
Asimismo, y especialmente si considera que no ha obtenido satisfacción plena en el ejercicio de sus derechos, podrá dirigirse al Delegado de Protección de Datos a través del correo electrónico [email protected] con carácter previo a la posible presentación de una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es).
El envío de los datos supone la aceptación expresa para la realización de los anteriores tratamientos de datos. Es imprescindible rellenar todos los datos requeridos para poder gestionar su solicitud.
Los/las solicitantes de las Ayudas otorgan su consentimiento expreso y autorizan al amparo de la Ley Orgánica 1/82 de 5 de mayo de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen, a Fundación Mutua Madrileña a recabar fotografías de dichos/as solicitantes y la utilización de dichas fotografías en cualquier actividad publicitaria y/o promocional relacionada con las propias ayudas y que lleve a cabo la Fundación Mutua Madrileña.
La Fundación Mutua Madrileña se reserva el derecho a utilizar las fotografías, sin que quede obligada a ello, y siempre con las finalidades indicadas en el presente documento, pudiendo utilizar las fotografías de forma total o parcial, e incluso proceder a la modificación o adaptación de la misma. Los derechos transferidos por tanto a la Fundación Mutua Madrileña sobre las fotografías serán todos los derechos de explotación imprescindibles para la realización y comunicación en cualquier actividad publicitaria y/o promocional de las ayudas.
Esta autorización se realiza de forma totalmente gratuita, sin que ningún/a solicitante de las ayudas tenga nada que reclamar a Fundación Mutua Madrileña como consecuencia de la presente autorización, y renuncia de forma expresa a través de la aceptación de las presentes bases, a cualquier reclamación posterior, judicial o extrajudicial, frente a Fundación Mutua Madrileña, por el uso de dichas imágenes de conformidad, y con las finalidades recogidas en el presente documento.
Los datos que se recaben de dichas imágenes serán incorporados en un fichero, responsabilidad Fundación Mutua Madrileña con domicilio en Paseo de la Castellana, 36-38, 28046 Madrid, con la exclusiva finalidad de la utilización del contenido de las fotografías para las finalidades anteriormente descritas.
Por último, los/las solicitantes de las ayudas se comprometen a cooperar en la promoción de las ayudas a través de su colaboración con las distintas acciones de comunicación que la Fundación Mutua Madrileña quiera llevar a cabo con tal fin (entrevistas en medios de comunicación, presencia en redes sociales, etc.).
El domicilio a efectos de comunicaciones, tanto para el investigador principal como para el Instituto de Investigación Sanitaria acreditado (IIS), será el que figure en la solicitud, y para la Fundación Mutua Madrileña será el de su sede social, Paseo de la Castellana, 36-38, 28046 Madrid. En caso de modificación del mismo, habrá de comunicarse a la otra parte por escrito fehaciente o bien por carta con acuse de recibo.
13. Cláusula ética
Mutua Madrileña, las empresas de su grupo y su Fundación requieren a todos los/las proveedores y colaboradores/as con los que trabaja y a las entidades y personas físicas adjudicatarias de las ayudas que asuman y cumplan con los más estrictos principios de responsabilidad, transparencia y ética empresarial. Fundación Mutua Madrileña rechaza los negocios, las relaciones mercantiles y la colaboración con cualquier entidad que mantenga un comportamiento mercantil y social que contravenga las obligaciones legales y los principios éticos generalmente observados por la sociedad y su Fundación. La tolerancia de Mutua Madrileña y su Fundación en cuanto al incumplimiento legal o la obtención de ventajas de cualquier tipo por prácticas desleales o ilegales es cero.
Asimismo, en su compromiso con el Pacto Mundial de las Naciones Unidas, la Fundación establece unas líneas básicas de actuación para los terceros con los que se relaciona en materia de anticorrupción, derechos humanos y laborales y medio ambiente.
La aceptación de la presente estipulación por parte de los/las solicitantes conlleva la obligación por parte de ésta de observar las siguientes prácticas:
Los principios que deben guiar la actuación de las personas ayudadas en la relación con la Fundación Mutua Madrileña deben ser bajo los siguientes principios básicos:
El/la solicitante, de acuerdo con lo previsto en la presente estipulación, expresamente declara a la Fundación Mutua Madrileña:
El/la solicitante deberá notificar a la Fundación Mutua Madrileña, a la mayor brevedad, cualquier situación que suponga un cambio en la declaración arriba planteada.
La Fundación podrá establecer las medidas que estime necesarias para certificar el cumplimiento por parte del beneficiario/a de la ayuda de estas conductas. Para ello podrá auditar o pedir que le auditen o solicitar la documentación que estime adecuada con el fin de verificar que se cumplen las referidas prácticas.
En el supuesto de que se produjera alguna modificación que afectara a la posición de la Fundación en relación con los principios mencionados, se procederá a su notificación. Asimismo, se entenderá que, si en cualquier momento se verificara por cualquier medio válido en derecho que la persona ayudada no cumple de modo estricto lo aquí recogido, la relación podría verse alterada, dejando sin efecto la financiación de los proyectos de investigación en salud por parte de la Fundación Mutua Madrileña.
La detección de cualquier conducta irregular por parte de los/las solicitantes que pudiera afectar a las prácticas y conductas antes indicadas ya sea por su parte o por parte de la fundación, deberá necesariamente ser puesta en conocimiento de la Fundación Mutua Madrileña con carácter urgente a través del canal de denuncias que esta entidad tiene implantado, y que goza de los máximos estándares de seguridad y confidencialidad: https://www.grupomutua.es/informacion-corporativa/transparencia-etica/
La Fundación Mutua Madrileña cuenta con una Política de Prevención de Riesgos Penales disponible en su página web: (www.fundacionmutua.es): https://www.fundacionmutua.es/sobre-la-fundacion/gobierno-corporativo/.
14. Aceptación de las bases
La participación en la convocatoria implica necesariamente la aceptación de las presentes bases y del criterio interpretativo de la Fundación Mutua Madrileña.
En caso de existir dudas o discrepancias en la interpretación de las presentes bases prevalecerá el criterio de la Fundación Mutua Madrileña.
Excepcionalmente y por motivos debidamente justificados, la Fundación Mutua Madrileña podrá modificar las presentes bases una vez comenzado el proceso.
Fundación Mutua Madrileña se reserva el derecho de cancelar parcial o totalmente las ayudas si por causas de fuerza mayor, o cualesquiera otras ajenas a su voluntad, fuera necesario. Asimismo, en caso de que estas ayudas no pudieran realizarse, bien por fraudes detectados en la misma, errores técnicos o cualquier otro motivo que no esté bajo el control del promotor y que afecte al normal desarrollo de las ayudas, la Fundación Mutua Madrileña
se reserva el derecho a cancelar, modificar o suspender la misma sin incurrir en responsabilidad alguna.
Las bases estarán disponibles durante el periodo en el que esté vigente la convocatoria en la web de la Fundación Mutua Madrileña.
El incumplimiento de las obligaciones derivadas de las presentes bases dejará sin efecto la financiación del proyecto por parte de la Fundación Mutua Madrileña, que también podrá solicitar la devolución de las cantidades abonadas y se guardará todas las actuaciones judiciales que estime oportunas. Esta decisión requerirá una resolución por parte del presidente del Comité Científico, que irá precedida de un informe motivado del/la experto/a que supervise el proyecto.