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Convocatoria Extraordinaria de Ayudas a Proyectos Sociales de atención a la emergencia generada por el COVID-19

BASES

 

I. Objeto de la convocatoria

 

La Fundación Mutua Madrileña presenta una Convocatoria Extraordinaria de Ayudas a Proyectos Sociales con el objetivo de apoyar e impulsar iniciativas de ayuda directa y de emergencia a colectivos vulnerables afectados por la crisis del COVID19 en España (cobertura de necesidades básicas, apoyo a la atención o gestión sanitaria, material sanitario, apoyo psicológico y social, etc.)

 

No se admitirán aquellos proyectos que, a juicio de la Fundación Mutua Madrileña, no justifiquen suficientemente tales fines, o no resulten viables.

 

II.Requisitos de las entidades

Podrán presentar proyectos todas aquellas entidades no lucrativas que cumplan los siguientes requisitos:

 

  • Organización sujeta a la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo
  • En el caso de las asociaciones, federaciones o confederaciones, deberán estar declaradas de utilidad pública por el Ministerio del Interior o la comunidad autónoma competente.
  • Tener como fines expresos, según sus estatutos, la realización de actividades orientadas a los colectivos beneficiarios del proyecto.
  • Estar al corriente del pago en las obligaciones fiscales y laborales.

 

Quedan expresamente excluidas las fundaciones o asociaciones de empresas o grupos de empresas, las obras sociales de las cajas de ahorros y las organizaciones gubernamentales.

 

Asimismo, quedan excluidas aquellas entidades de cuyos máximos órganos de gestión y administración forme parte algún miembro del Consejo de Administración de Mutua Madrileña Automovilista, del Patronato o del Comité Científico de la Fundación Mutua Madrileña o:

 

  1. El cónyuge del miembro del Consejo de Administración de Mutua Madrileña Automovilista, del Patronato o del Comité Científico de la Fundación Mutua Madrileña o las personas con análoga relación de afectividad.
  2. Los ascendientes, descendientes y hermanos de los miembros del Consejo de Administración de Mutua Madrileña Automovilista, del Patronato o del Comité Científico de la Fundación Mutua Madrileña o del cónyuge de los miembros del Consejo de Administración de Mutua Madrileña Automovilista o del Patronato o del Comité Científico de la Fundación Mutua Madrileña.
  3. Los cónyuges de los ascendientes, de los descendientes y de los hermanos de los miembros del Consejo de Administración de Mutua Madrileña Automovilista, del Patronato o del Comité Científico de la Fundación Mutua Madrileña Automovilista.

 

 

III.Tipología de proyectos

 

Las ayudas que se concedan en el marco de esta Convocatoria Extraordinaria de Ayudas a Proyectos Sociales de la Fundación Mutua Madrileña se ceñirán exclusivamente a las siguientes consideraciones:

 

  • Solo se aceptarán proyectos que tengan como fin la ayuda directa y de emergencia a los siguientes colectivos en situación de vulnerabilidad o exclusión por razones socioeconómicas, afectados por la crisis del COVID19 en España:
    • Mayores
    • Familias en situación de vulnerabilidad  o riesgo de exclusión social
    • Personas sin hogar

 

  • Las ayudas estarán destinadas a dar cobertura a:
    • Necesidades básicas (alimentación, salud, higiene…)
    • Apoyo a la atención sanitaria (atención o prevención entre colectivos vulnerables, apoyo médico, adquisición o distribución de material sanitario...)
    • Apoyo a la atención psicológica y social

 

  • Los proyectos deben ser íntegramente desarrollados en España.
  • Los proyectos deben ser viables y deben poder ejecutarse íntegramente de forma inmediata tras la resolución de las Ayudas.
  • Solamente se puede presentar un proyecto por entidad.

No se admitirán proyectos que, a juicio de la Fundación Mutua Madrileña, tengan fines diferentes de los anteriormente expuestos o no se ajusten a las consideraciones expuestas. Tampoco se admitirán los proyectos que tengan como fin atender los gastos corrientes de mantenimiento y funcionamiento de la entidad.

 

 

IV.Dotación económica

 

La dotación económica de la presente convocatoria será de un total de 300.000 euros

 

Cada proyecto tendrá una dotación máxima de 15.000 euros. El número de proyectos a seleccionar se determinará a criterio discrecional de la Fundación Mutua Madrileña.

 

La Fundación Mutua Madrileña no está obligada a repartir íntegramente los 300.000 euros si así lo estima oportuno, de acuerdo con la valoración de los proyectos y sus solicitudes económicas.

 

Las iniciativas seleccionadas serán financiadas total o parcialmente a criterio discrecional de la Fundación Mutua Madrileña y en función de las características de cada proyecto. En caso de que el proyecto no se financie en su totalidad, la entidad receptora deberá adaptar el alcance del mismo para adecuarlo a la cantidad concedida o deberá justificar la financiación complementaria para llevarlo a cabo, en caso de que se trate de un proyecto global no segmentable, para que este sea viable.

 

El importe exacto dependerá de lo solicitado por la entidad considerando las características del proyecto y deberá ser dedicado íntegramente a gastos directos de ejecución del proyecto presentado. Los gastos administrativos y de gestión directamente asociados al proyecto podrán ser financiados siempre que no superen el 5% de la ayuda concedida.

 

 

V.Criterios de evaluación

 

Las solicitudes serán evaluadas teniendo en cuenta principalmente lo siguiente:

 

  • En qué medida contribuyen a cubrir necesidades directas y de emergencia de colectivos vulnerables en el marco de la crisis generada por el COVID19 en España.
  • Detalle del alcance esperado con el presupuesto planteado (número de beneficiarios  previsto, número de actividades, etc.)
  • Detalle de a qué va a ir exactamente destinada la cantidad económica solicitada.
  • La viabilidad técnica, económica y de gestión del proyecto y de la entidad que lo presenta.
  • Que su impacto sea medible.
  • Que se haya cumplimentado y enviado correctamente toda la documentación e información solicitada (no se aceptarán documentos incompletos).

 

 

VI.Proceso de presentación de proyectos

 

La presentación de la solicitud se hará exclusivamente on-line, a través de la web de la Fundación Mutua Madrileña (www.fundacionmutua.es) donde encontrarán las instrucciones pormenorizadas para llevarla a cabo. 

La documentación requerida también se enviará a través de la citada web, según se indique en el proceso de solicitud.

 

El proceso para formalizar la solicitud a través de la web de la Fundación Mutua Madrileña (www.fundacionmutua.es) se iniciará cumplimentando un formulario on-line alojado en la citada web para registrar la entidad y el proyecto que se presenta. Antes de finalizar el proceso se requerirá adjuntar y enviar a través de la citada web la siguiente documentación:

 

  1. Adjuntar las bases de la presente convocatoria selladas y firmadas por algún miembro de la organización con facultades legales suficientes para obligar a la entidad solicitante. El documento de las bases (denominado “aceptación de bases”) se podrá descargar en la web de la convocatoria.

 

  1. Adjuntar propuesta de proyecto (con un máximo de 4 páginas). El modelo de documento para la propuesta deberá ser el provisto por la Fundación Mutua Madrileña y estará disponible en la web de la convocatoria.

 

  1. Adjuntar copia de la declaración de entidad de Utilidad Pública emitida por el Ministerio del Interior o la comunidad autónoma competente, en el caso de las asociaciones, federaciones o confederaciones.

 

  1. Adjuntar copia del NIF de la entidad.

 

 

La documentación requerida debe de adjuntarse en alguno de los siguientes formatos electrónicos: PDF (formato de documento portátil), JPEG (formato de imagen), JPG (formato de imagen), PNG (formato de imagen), DOC (documento de Word), DOCX (documento de Word), XLS (formato de Excel), o XLSX (formato de Excel).

 

Además, esta documentación adjunta no debe superar los 10MB por cada fichero, permitiéndose 1 sólo fichero por documento.

 

Una vez finalizado el proceso de presentación de la solicitud ésta quedará registrada con un número. Se deberá conservar este número para cualquier consulta al respecto.

 

El plazo de presentación de solicitudes quedará abierto desde el 20 de abril de 2020 hasta las 15:00 h del 30 abril de 2020.

 

La Fundación Mutua Madrileña podrá requerir información y documentación complementaria que considere de interés para evaluar el proyecto o a la entidad solicitante, como por ejemplo los estatutos, la inscripción de la entidad en el registro correspondiente o una declaración responsable de gobierno (documento firmado por alguien con capacidad legal para ello dentro de la entidad, con fecha actualizada en el que consten todos los miembros del máximo órgano de gobierno de la entidad incluyendo sus nombres y apellidos, cargos, y número de DNI). Esta documentación deberá ser presentada en un plazo no superior a 3 días hábiles desde la fecha en que sea requerida.

 

Las solicitudes incompletas o que no se ajusten a las bases de esta convocatoria, quedarán excluidas de la presente convocatoria.

 

Sólo se aceptarán proyectos presentados dentro del plazo establecido. Si alguno de los documentos solicitados a la entidad no se presenta en el plazo establecido, no se aceptará posteriormente.

 

La formalización de la solicitud supone la aceptación de las bases de la convocatoria y de la resolución del Patronato de la Fundación Mutua Madrileña, que será inapelable, y ante la cual no cabe recurso.

 

 

VII.Resolución de la convocatoria

 

La decisión sobre la selección de los proyectos estará a cargo del equipo directivo de la Fundación Mutua Madrileña.

La resolución de cada solicitud se comunicará a través de correo electrónico a cada una de las entidades solicitantes una vez hayan podido ser analizadas todas las solicitudes. Adicionalmente, la página web de la Fundación publicará los proyectos y entidades receptoras de las ayudas.

 

Para cualquier duda o consulta puede contactar con los coordinadores de la convocatoria en el mail [email protected]

 

 

VIII.Formalización de las ayudas

 

Los derechos y obligaciones que se deriven del desarrollo de los proyectos que resulten adjudicatarios de las ayudas, se regularán conforme a las presentes bases.

 

Si el importe de la financiación finalmente otorgado para el desarrollo del proyecto fuese menor que el importe solicitado, la entidad estará obligada a reajustar la propuesta del proyecto a dicho importe o justificar la financiación complementaria.

 

La cantidad asignada se ingresará en la cuenta bancaria de la entidad que desarrolle el proyecto, que será la que, en su caso, efectúe la correspondiente contraprestación económica a los participantes en el mismo.

 

La financiación finalmente concedida se desembolsará al 100% al inicio del proyecto una vez ratificada la resolución de la convocatoria.

 

 

IX.Control y seguimiento del proyecto

 

El proyecto deberá ejecutarse íntegramente y de forma inmediatamente a partir de la fecha de la fecha del ingreso de cantidad concedida, comprometiéndose la entidad a proseguirlo ininterrumpidamente hasta su finalización, sin que ningún compromiso anterior o futuro pueda impedir el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las presentes bases.

 

La entidad se compromete a ejecutar el proyecto conforme al formulario cumplimentado, así como a la propuesta del proyecto y en las condiciones estipuladas en las presentes Bases, sin cambio en los presupuestos, las actividades previstas o la programación de las mismas.

 

La entidad deberá enviar a Fundación Mutua Madrileña durante el mes siguiente tras la ejecución del proyecto un reporte en el que conste la situación del proyecto aprobado definiendo las actividades realizadas, los resultados obtenidos, diferencias con los objetivos enumerados en la solicitud, conclusiones, así como una memoria económica final explicativa de la distribución de las cantidades aportadas por la Fundación. La Fundación Mutua Madrileña podrá solicitar, si lo considera oportuno, que esta memoria incluya la justificación de los gastos mediante la presentación de copia de las facturas y recibos de los gastos realizados.

 

La Fundación Mutua Madrileña designará una Comisión de Supervisión que asumirá las responsabilidades relacionadas con el control y seguimiento del desarrollo del proyecto y la aplicación de los fondos recibidos de la Fundación para la ejecución del proyecto. Por su parte, la entidad designará un interlocutor/intermediario responsable del contacto de ésta con la Fundación Mutua Madrileña.

 

La Fundación Mutua Madrileña podrá solicitar en cualquier momento la información técnica y económica que estime oportuna para completar, verificar o controlar la ejecución del proyecto. Asimismo, en caso de incumplimiento, gestión inadecuada o no presentación del reporte y justificación de los gastos realizados, la Fundación Mutua Madrileña podrá dejar sin efecto la financiación del proyecto, solicitar la devolución de las cantidades abonadas y se guardará todas las actuaciones judiciales que estime oportunas.

 

 

X.Derechos de propiedad intelectual y derechos de imagen

 

Las entidades se hacen responsables de las reclamaciones que, en cualquier momento, pudieran formularse sobre la autoría y originalidad de los proyectos y sobre la titularidad de los derechos, todo ello en el marco de la titularidad de los derechos de propiedad intelectual en sus dos facetas: derechos morales y derechos de explotación.

 

Fundación Mutua Madrileña podrá utilizar la documentación del proyecto, las imágenes facilitadas por la entidad para ilustrar el proyecto y el logotipo de la entidad, en sus comunicaciones a terceros por cualquier medio, publicaciones, artículos o actividades institucionales, al objeto de difundir información sobre esta Convocatorias Extraordinaria de Ayudas a Proyectos Sociales de atención ante la emergencia generada por el COVID-19, así como información sobre la labor en materia social de la Fundación Mutua Madrileña.

 

Las entidades beneficiarias podrán utilizar el logotipo o signo distintivo titularidad de la Fundación Mutua Madrileña para comunicar que han sido beneficiarias de la presente convocatoria. Cualquier otra finalidad en la que se utilice el logo o signo distintivo titularidad de la Fundación Mutua Madrileña queda expresamente prohibida, a no ser que cuente con el consentimiento expreso y por escrito de la Fundación Mutua Madrileña.  

 

 

XI.Protección de datos de carácter personal

 

  • RESPONSABLE: Fundación Mutua Madrileña (en adelante FMM). Con domicilio en Paseo de la Castellana, 36-38, 28046 de Madrid.

 

  • DELEGADO DE PROTECCION DE DATOS (DPO): Podrá contactar en la siguiente dirección: Paseo de la Castellana 33, 28046.

 

  • FINALIDADES PARA LAS QUE TRATAREMOS SUS DATOS:

 

  1. Gestionar su solicitud de ayuda a proyectos sociales de atención a la emergencia generada por el COVID 19.

Todos los datos que facilite en la solicitud de ayuda, y a lo largo de su relación con nosotros, son necesarios para la formalización y gestión de la ayuda solicitada.

 

Le pedimos que todos los datos que nos facilite estén actualizados para garantizar su veracidad en todo momento, por ello, cualquier modificación de los mismos deberá comunicárnoslo y así, responderán en todo momento a su situación real.

 

En caso de facilitar datos de carácter personal de terceros (personal que participe en el proyecto, beneficiarios, etc.) después de haber informado a dichas personas del contenido íntegro de esta cláusula, en los mismos términos en qué ha sido informado el solicitante, se compromete a obtener el consentimiento expreso de dichas personas con el fin de su uso por parte de Fundación Mutua Madrileña, para la realización de los tratamientos previstos en la presente cláusula.

 

Para garantizar la calidad, seguridad y transparencia en la gestión de su solicitud de ayuda a la presente convocatoria, Fundación Mutua Madrileña podrá grabar y archivar las llamadas que se realicen.

 

La base legal que habilita a FMM para llevar a cabo este tratamiento es:

 

  • Que el tratamiento es necesario para la gestión de su solicitud de ayuda (artículo 6.1.b RGPD).

 

  • El cumplimiento de obligaciones legales, conforme al artículo 6.1.c RGPD.

 

  1. Ofrecerle información de ulteriores convocatorias de ayudas que pudieran resultar de su interés.

Para ello, trataremos los datos que nos facilite y los que obtengamos y resulten del desarrollo y ejecución de la solicitud de ayuda o en su caso de la/las que se le hubiesen concedido, para personalizar y ajustar la información a sus necesidades y preferencias.

 

La base legal que habilita a Fundación Mutua Madrileña para llevar a cabo este tratamiento es:

 

  • El interés legítimo de Fundación Mutua Madrileña, al amparo del artículo 6.1.f del RGPD, para lo que se ha realizado una ponderación de los derechos fundamentales del interesado (derecho a la protección de datos personales, derecho al honor y a la intimidad personal y familiar) y el propio interés legítimo de Fundación Mutua Madrileña, concluyendo que tales derechos no quedan afectados. Consideramos además que, como solicitante o receptor de ayudas a a proyectos sociales, tiene una expectativa razonable para que le enviemos información que puede ser de interés para usted, en base a su perfil, sin que con ello se produzca una actuación invasiva de sus derechos e intereses.

 

  • El cumplimiento de obligaciones legales: Ley 34/2002 de 11 de julio, de Servicios de Sociedad de la Información y de comercio Electrónico.

 

En todo momento podrá oponerse al tratamiento de sus datos para esta finalidad, de forma gratuita a través del sistema indicado para el ejercicio de DERECHOS DE PROTECCIÓN DE DATOS referido a continuación. Dicha oposición no conllevará ningún perjuicio para usted.

 

  • DESTINATARIOS: No se cederán los datos a terceras entidades, salvo obligación legal.

 

  • PLAZO DE CONSERVACIÓN DE LOS DATOS: Fundación Mutua Madrileña conservará sus datos durante el plazo de vigencia de su solicitud y/o adjudicación de esta ayuda y hasta un plazo máximo de 15 años desde la solicitud de la ayuda.

 

Transcurrido dicho plazo se procederá al borrado de los datos, salvo aquellos que, en atención a una obligación legal impuesta responsable deban permanecer debidamente bloqueados hasta el límite establecido por la norma aplicable.

 

  • CUÁLES SON SUS DERECHOS DE PROTECCIÓN DE DATOS:

Usted podrá obtener la información necesaria para ejercer sus derechos de protección de datos. Por ello usted podrá:

  • Solicitar el acceso para consultar sus datos personales que constan en los ficheros de Fundación Mutua Madrileña.
  • Solicitar su rectificación para la modificación de sus datos personales.
  • Solicitar la supresión o Derecho al olvido para suprimir sus datos personales.
  • Solicitar la oposición y/o decisiones individuales automatizadas para que sus datos no se traten para determinados usos.
  • Solicitar la limitación de su tratamiento, para la limitar de forma temporal el uso de sus datos en determinados supuestos.
  • Solicitar la portabilidad de sus datos personales para que sean entregados o transmitidos a otro responsable.

Puede ejercitar estos derechos en cualquier momento, de forma gratuita, acreditando su identidad mediante copia de tu DNI o documento equivalente, dirigiéndose por escrito (asunto LOPD, Derechos) a la Unidad de Protección de Datos, Paseo de la Castellana, 33, 28046 Madrid, llamando al teléfono gratuito 900102711.

 

Además, si lo desea usted podrá presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de datos si considera que el tratamiento que estamos realizando es contrario a la normativa en vigor.

 

El envío de los datos supone la aceptación expresa para la realización de los anteriores tratamientos de datos. Es imprescindible rellenar todos los datos requeridos para poder gestionar su solicitud.

 

 

XII.Aceptación de las bases

 

La participación en la convocatoria implica necesariamente la aceptación de las presentes bases y del criterio interpretativo de FUNDACION MUTUA MADRILEÑA.

 

El incumplimiento de alguno de los puntos de las bases dará lugar a la exclusión de la entidad participante.

 

En caso de existir dudas o discrepancias en la interpretación de las presentes bases prevalecerá el criterio de FUNDACION MUTUA MADRILEÑA.

 

Excepcionalmente y por motivos debidamente justificados, FUNDACION MUTUA MADRILEÑA podrá modificar las presentes bases una vez comenzado el proceso.

 

FUNDACION MUTUA MADRILEÑA se reserva el derecho de cancelar parcial o totalmente las ayudas si por causas de fuerza mayor, o cualesquiera otras ajenas a su voluntad, fuera necesario. Asimismo, en caso de que estas ayudas no pudieran realizarse, bien por fraudes detectados en la misma, errores técnicos, o cualquier otro motivo que no esté bajo el control del promotor, y que afecte al normal desarrollo de las ayudas, FUNDACION MUTUA MADRILEÑA se reserva el derecho a cancelar, modificar, o suspender la misma sin incurrir en responsabilidad alguna.

 

Las bases estarán disponibles durante el periodo en el que esté vigente la convocatoria en el site de la Fundación Mutua Madrileña.

 

El incumplimiento de las obligaciones derivadas de las presentes bases dejará sin efecto la financiación del proyecto por parte de la Fundación Mutua Madrileña, quien también podrá solicitar la devolución de las cantidades abonadas y se guardará todas las actuaciones judiciales que estime oportunas. Esta decisión requerirá una resolución del Patronato, que irá precedida de un informe motivado de la Comisión de Supervisión.

 

 

XIII.Disposiciones generales

 

La participación en la gestión y desarrollo del proyecto financiado por parte de personas vinculadas a la entidad beneficiaria no supone en ningún caso relación laboral con la Fundación Mutua Madrileña.

 

La Fundación Mutua Madrileña no se responsabiliza de ninguna reclamación o consecuencia adversa que pudiera generarse de forma directa o indirecta a la ejecución del proyecto, pudiendo emprender las acciones legales oportunas en caso de verse afectada por las mismas.

 

La Fundación Mutua no asume ningún tipo de responsabilidad por la gestión que la entidad beneficiaria realice de la ayuda entregada, ni por los actos y servicios prestados por esta o por las empresas y profesionales que sean contratados por la entidad beneficiaria o que colaboren con ella y que se destinen a la organización, ejecución y desarrollo del proyecto.

 

Las ayudas a proyectos sociales ante la emergencia generada por el COVID19 que sean concedidas por la Fundación Mutua Madrileña se realizan en cumplimiento de sus fines estatutarios y no están condicionadas al resultado técnico o económico del proyecto.

 

No obstante, con el objeto de reforzar el cumplimiento del objeto y fines de la Fundación Mutua Madrileña, ésta podrá reproducir, distribuir y comunicar públicamente la información sobre el proyecto en cualquiera de sus fases en las modalidades de utilización o medios de difusión existentes al tiempo de la firma de las presentes bases, para el ámbito mundial.

 

Asimismo, en todas las comunicaciones/publicaciones que se realicen durante la financiación del proyecto y posteriores, que versen sobre el mismo, se deberá hacer mención de la financiación del proyecto por parte de la Fundación Mutua Madrileña, incluyendo su logotipo en los materiales que correspondan, tanto escritos como en soporte on-line, en el marco de la colaboración entre ambas entidades. No podrá realizarse ninguna comunicación referente a la ayuda concedida o al proyecto que la recibe, sin previa autorización expresa de la Fundación Mutua Madrileña.

 

Fundación Mutua Madrileña podrá utilizar la documentación del proyecto, las imágenes facilitadas por la entidad para ilustrar el proyecto y el logotipo de la entidad, en sus comunicaciones a terceros por cualquier medio, publicaciones, artículos o actividades institucionales, al objeto de difundir información sobre esta Convocatorias de Ayudas a Proyectos Sociales de atención a la emergencia generada por el COVID19 en España.